
Romera reconoce que no existiría ninguna interpretación restrictiva para que esta familia se le reconozca el título de categoria especial si el matrimonio no estuviera separado. Un supuesto sería el siguiente: un padre profesor en París, que se lleva a sus dos hijos mayores de 18 años a estudiar a una universidad, mientras que la madre se queda al cuidado de los otros tres menores en España. La custodia seguiría siendo la misma, con gastos, pero la diferencia sería la sentencia de divorcio.
«La Junta sólo aplica la ley estatal donde se establece este requisito. Cuando uno se separa las cosas cambian y los padres no pueden estar los dos en el libro de familia numerosa, aunque tengan una custodia común. La ley estatal también prohíbe que los beneficiarios estén en dos libros distintos», insiste Aurora Romera.
La exclusión de uno de los cónyuges del carné de familia numerosa supone no poder beneficiarse de descuentos en comercio o transportes aun cuando éste viaje con sus hijos, que sí que gozarían de estas reducciones.
Actualmente son las comunidades autónomas las competentes en reconocer y expedir el título de familia numerosa, en el que se incluyen los padres separados con tres o más hijos, sean comunes o no, pero siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal. Hasta febrero, el número de familias numerosas registradas en Castilla y León era de 18.796, de ellas 1.890 tenían categoría especial.





