
El Comité, reunido en Madrid el día 25 de enero del 2008, acordó estimar los recursos interpuestos por Juan José Román Mangas, en su calidad de presidente de la Federación de Piragüismo de Castilla y León, contra las resoluciones del Comité Nacional de Competición y Régimen Disciplinario de la Real Federación Española de Piragüismo, de fecha 12 de marzo de 2007, anulándolas y dejando sin efecto las sanciones de inhabilitación temporal para ocupar su cargo, impuestas por el Comité disciplinario de la Real Federación Española de Piragüismo.
Este acuerdo trae su origen en las denuncias que presentó en su día, la entonces denominada Agrupación Deportiva Zamora, contra la Federación de Piragüismo de Castilla y León y contra el Club Canoa Kayak de Zamora por la inscripción de dos palistas de este club en el XXXIII Descenso Ibérico del Duero y Regata Internacional de Sanabria.
El Comité Nacional de Competición y Régimen Disciplinario de la Real Federación Española de Piragüismo acordó, a la vista de la denuncia presentada por el club zamorano contra el presidente de la Federación de Piragüismo de Castilla y León, Juan José Román Mangas, y el Club Canoa Kayak sancionarlos con inhabilitación para ocupar sus cargos por un período de cinco meses al primero, y tres al segundo.
No conformes con esta sanción, al considerarla injusta, desproporcionada y nula, se recurrió ante el Comité Español de Disciplina Deportiva que, casi un año después, viene a darle la razón, anulando la sanciones impuestas.





